Tribunal Supremo Electoral informo sobre ocho prohibiciones para las elecciones que se realizaran este domingo
Durante las elecciones generales de este domingo 17 de agosto en Bolivia regirán ocho prohibiciones dispuestas por el Tribunal Supremo Electoral
Las prohibiciones están consignadas en la Resolución TSE-RSP-ADM N° 342/2025 del 22 de julio de 2025
- Desde las cero horas de este jueves 14 de agosto hasta las 18h00 del 17 de agosto, queda prohibida cualquier forma de manifestación pública de apoyo o rechazo a una de las candidaturas.
- Desde las cero horas del día viernes 15 de agosto y hasta las doce 12h00 pm del 18 de agosto, queda prohibido expender o consumir bebidas alcohólicas en domicilios particulares, tiendas, cantinas, hoteles, restaurantes y cualquier otro establecimiento público o privado.
- Desde las cero horas hasta las veinticuatro horas del día de las elecciones generales, queda prohibido portar armas de fuego, punzocortantes o instrumentos contundentes y peligrosos para la seguridad de las personas.
- Desde las cero horas hasta las veinticuatro horas del día de los comicios, queda prohibido realizar actos, reuniones o espectáculos públicos de cualquier tipo.
- Desde las cero horas hasta las veinticuatro horas del domingo 17 de agosto, queda prohibido el traslado de electores de un recinto electoral a otro, por cualquier medio de transporte.
- Desde las cero horas hasta las veinticuatro horas del día de las elecciones, queda prohibida la circulación de vehículos motorizados, sean particulares, oficiales o de servicio público, con excepción de aquellos que exhiban la autorización extendida por el Tribunal Supremo Electoral o Tribunales Electorales Departamentales.
- También se suspenderá el servicio de las líneas del Teleférico en La Paz; asimismo se suspenderán los servicios de transporte terrestre, lacustre, ferroviario y aéreo de todo el país, con exclusión de los viajes que realicen los servidores públicos del Órgano Electoral o de las Fuerzas de Seguridad en cumplimiento de sus funciones.
- Quedan exentos de esta prohibición, los vuelos internacionales en tránsito o los vuelos internacionales que se originen, arriben o tengan por destino Bolivia.






